Staff La Verdad Jalisco.- A unas horas de llevarse a cabo la elección para elegir candidatos a la Presidencia de la República, gobernador, diputados federales, locales y presidentes municipales descubren la operación del día D, de integrantes de Movimiento Ciudadano en la que pretenden hacer maniobras turbias que empañarían la jornada electoral.
El audio es muy claro, al más estilo priista de operar con “mapaches” electorales, así les dicen a los coordinadores de zonas donde se advierte una concertación entre diversas personas presumiblemente simpatizantes de Movimiento Ciudadano para movilizarse el día de la jornada electoral y cometer delitos electorales.
Concretamente, Se planeó llamar a unas 3000 personas “invitándolas a votar por Movimiento Ciudadano y otro tipo de mensajes intimidatorios.
Los delitos que podrían configurarse, son los siguientes:
El Artículo 7. es muy claro: “Se impondrán de cincuenta a cien días multa y prisión de seis meses a tres años, a quien:
VII. Solicite votos por paga, promesa de dinero u otra contraprestación, o bien mediante violencia o amenaza, presione a otro a asistir a eventos proselitistas, o a votar o abstenerse de votar por un candidato, partido político o coalición, durante la campaña electoral, el día de la jornada electoral o en los tres días previos a la misma.
Si la conducta especificada en el párrafo anterior es cometida por un integrante de un organismo de seguridad pública, se aumentará hasta un tercio de la pena prevista en el presente artículo.
De igual forma, se sancionará a quien amenace con suspender los beneficios de programas sociales, ya sea por no participar en eventos proselitistas, o bien, para la emisión del sufragio en favor de un candidato, partido político o coalición; o a la abstención del ejercicio del derecho de voto o al compromiso de no votar a favor de un candidato, partido político.
La compra de votos en tratándose de funcionario partidista o candidato:
Artículo 9. Se impondrán de cien a doscientos días multa y prisión de dos a seis años, al funcionario partidista o al candidato que:
VIII. Durante la etapa de preparación de la elección o en la jornada electoral, solicite votos por paga, promesa de dinero, recompensa o cualquier otra contraprestación.
Respecto de los mensajes intimidatorios para desincentivar el voto:
El Artículo 7. “Se impondrán de cincuenta a cien días multa y prisión de seis meses a tres años, a quien:
VII. Solicite votos por paga, promesa de dinero u otra contraprestación, o bien mediante violencia o amenaza, presione a otro a asistir a eventos proselitistas, o a votar o abstenerse de votar por un candidato, partido político o coalición, durante la campaña electoral, el día de la jornada electoral o en los tres días previos a la misma.
En caso de que quien movilice gente para la jornada sea servidor público a sus subordinados:
El Artículo 11. “Se impondrán de doscientos a cuatrocientos días multa y prisión de dos a nueve años, al servidor público que:
III. Destine, utilice o permita la utilización, de manera ilegal de fondos, bienes o servicios que tenga a su disposición, en virtud de su cargo, al apoyo o al perjuicio de un precandidato, partido político, coalición, agrupación política o candidato, sin perjuicio de las penas que puedan corresponder por el delito de peculado”
El Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de no atender esta delicada situación quedará más exhibido como un árbitro electoral parcial, que opera al servicio del mejor postor, y dejaría la certeza que atiende al pie de la letra lo que le indican desde Casa Jalisco.
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